Patentar: una ventaja competitiva para empresarios innovadores

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Alexander Agudelo, director de patentes, en la capacitación sobre propiedad intelectual.

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04 may 2018

¿Cuándo patentar? Esta fue la principal duda que se resolvió el 3 de mayo a docentes e investigadores durante una capacitación organizada por la Dirección de Investigación, Desarrollo e Innovación (DIDI), a cargo de Alexander Agudelo, director de patentes de OlarteMoure, firma experta en propiedad intelectual, quién aclaró qué productos y procesos pueden ser patentables en el país.

Al mismo tiempo Luis Fernando Ariza, analista de transferencia tecnológica y social de la DIDI, profundizó con los invitados sobre la protección de propiedad industrial de proyectos desarrollados dentro de la universidad, que les permita impactar en su ejercicio académico y sus propios emprendimientos.

Aproximadamente 2000 solicitudes de patentes se reciben en Colombia anualmente para su uso libre comercial, de las cuales un 28 % corresponden a solicitantes colombianos y un 55 % son aprobadas. “Estas cifras mejoraron en los dos últimos años y es un indicativo de progreso tecnológico para el país”, puntualizó Agudelo.

De acuerdo con la legislación de cada país, la materia viablemente patentable varía. En Colombia, por ejemplo, se protegen todas las invenciones en el campo de la tecnología y para presentarla deben cumplir con ciertos requisitos, que implican que la información de la innovación sea completa para su entendimiento y reproducción. “Para que un producto o servicio pueda ser patentado debe ser novedoso, inventivo y con aplicación industrial”, enfatizó Agudelo.

Así mismo, aclaró que existen dos grandes categorías de patentes. La primera es la de productos, en la cual se patentan objetos tangibles que se pueden ver y tocar. La segunda tiene que ver con procedimientos y las metodologías que usan las industrias o la informática para producir un resultado. “Dentro de esas dos categorías se enmarcan todas las invenciones, ya sea en mecánica, biotecnología, farmacéutica o todas las áreas tecnológicas”, explicó Agudelo.

En el mundo real del mercado adquirir una patente significa tener un derecho de exclusividad sobre una invención, lo cual quiere decir que el empresario o empresa que la tenga podrá ser el único con capacidad de explotar esa tecnología. “Cualquier tercero que desee hacer uso de su invención debe contar con la autorización necesaria y quien tiene el producto o servicio patentado tendrá una ventaja competitiva basada en tecnología, con retribuciones económicas al esfuerzo que realizó en investigación y desarrollo”, afirmó Agudelo.

El director finalizó hablando de los casos en los que los derechos de exclusividad pueden perderse; ya sea por vencimiento del término, caducidad por falta de pago de tasas anuales de mantenimiento y/o por nulidad, la cual es  declarada por las autoridades nacionales competentes. “En Colombia patentar requiere de empeño, tiempo y mucho conocimiento” concluyó.

Por Génesis Navarro

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