Carlos Javier Velásquez Muñoz

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TITULO Profesor e Investigador Asociado de Tiempo Completo en la División de Derecho, Ciencia Política y Relaciones Internacionales.

ACERCA DE MÍ Doctor en Derecho, Universidad de Salamanca (España), Magister en Derecho Ambiental, Universidad del País Vasco (España), Especialista y Postgraduado en Derecho Ambiental y Administrativo. Con cursos de Postgrado en Derecho Urbano y Comunitario Europeo. Investigador en Derecho Público, Derecho Administrativo, Derecho Ambiental, Derecho Urbano-Territorial, Planificación para el Desarrollo Urbano y Análisis Institucional. Así mismo, tengo a mi cargo en calidad de Director Académico del Doctorado en Derecho, la Maestría en Derecho Ambiental y Urbano-Territorial, así como la Especialización en estas mismas materias. 

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!A TRABAJAR!

Este fin de semana hemos conocido un proyecto de reforma constitucional presentado por el Senador del Partido de la Unidad Nacional (Partido de la U),  Jimmy Chamorro, el cual pretende que los congresistas trabajen unos meses más al año.

Desde ya debo manifestar mi incondicional respaldo e inmenso pláceme por este proyecto, ya era hora que alguien hiciese algo al respecto; el calendario de los congresistas, uno de los trabajos mejor remunerados del país, es una de esas cosas que simple y llanamente están allí porque….porque sí.

Veamos cómo es la cosa.

Un Congresista gana más de 21 millones de pesos al mes, a eso hay que sumarle asesores, mínimo cinco; esquema de seguridad; servicio de telefonía nacional e internacionales (entre 900 minutos de celular); tiquetes aéreos nacionales e internacionales y un vehículo blindado.

De acuerdo con la organización Our Generation, una organización sin ánimo de lucro que en julio de 2011 publicó el documento: Are taxpayers getting their money’s worth? An analisis of congressional compensation, en el que comparó la relación entre el ingreso de los congresistas y el salario promedio en cada uno de los países que integran la Organización para la Cooperación y el Desarrollo, mientras que en los países de la OCDE la remuneración de los parlamentarios equivale a 2,4 veces el salario promedio de la población ocupada, en Colombia es de 17 a 1.

 

 

Otra forma de ver el asunto es que mientras la remuneración mensual de un congresista en los Estados Unidos representa 13 veces el salario mínimo, en Colombia la relación es de 39 veces. Es sencillamente escandaloso.

No está de más recordar que el año pasado un par de Sentencias del Consejo de Estado ordenaron rebajar los extras y las primas de los congresistas, en particular las ayudas de salud y una bastante exótica, la denominada prima de localización o de desplazamiento[1], valoradas individualmente en 1.6 y 6.3 millones de pesos.

Sin embargo el Congreso, trabajó como nunca, para neutralizar el cumplimiento de la sentencia y, no solamente impidió su cumplimiento, sino que además logró vía Decreto que el Gobierno aumentará el valor de las primas englobando ambas en una nueva denominada: “prima especial de servicios”.

Pero, por si lo anterior fuera poco, de los 12 meses del año los Congresistas trabajan solo 8 y además, en los restantes 4 meses en los que “no trabajan”, siguen cobrando salario; ¡así cualquiera!

Con todo lo anterior la pregunta que se nos viene a la mente es, bueno, y quien definió eso? Pues obviamente ellos mismos, legislando, como de costumbre para sus propios intereses.

El funcionamiento del Congreso está en una Ley Orgánica[2], la 5 de 1992, en donde se define al detalle todo lo relacionado con esta rama del poder público.

En relación con los períodos en los cuales los congresistas van al trabajo, la Ley los llama Legislaturas, las cuales no coinciden con el calendario laboral, público o privado, creo yo no solo en Colombia, sino en el mundo entero.

De acuerdo con el artículo 224 de la Ley, los Congresistas trabajan en períodos ordinarios sucesivos, dos períodos ordinarios de sesiones constituyen una legislatura.

Las dos legislaturas del Congreso de Colombia van de la siguiente manera: la primera comienza el 20 de julio y termina el 16 de diciembre y la segunda comienza el 16 de marzo y termina el 20 de junio; como quien dice, el trabajo del Congresista inicia, en el peor de los casos, después de carnavales y casi entrando Semana Santa.

Con razón es que los proyectos no se aprueban y cuando lo hacen, van sin estudio y discusión, a pupitrazo limpio y en la última sesión del período. Es común escuchar a los congresistas quejarse de que no tienen tiempo para aprobar los proyectos “trascendentales” para el país, pero claro, es que trabajan muy poco.

Por todo lo anterior, considero justa la propuesta del Senador Chamorro y por tanto, debería ser aprobada; ya va siendo hora de que los congresistas cuando legislen para sí, también lo hagan frente a sus responsabilidades y mayor atención al trabajo.


[1] La prima de desplazamiento es un dinero que se le paga a los Congresistas que viven por fuera de Bogotá para que puedan desplazarse a la sesiones en el Congreso y además, es una ayuda para pagar la vivienda durante su estancia en la capital.

[2] Las leyes orgánicas son leyes de carácter especial, las cuales regulan materias concretas, principalmente las que tratan del ejercicio de la actividad legislativa. Estas leyes requerirán para su aprobación la mayoría absoluta, es decir, la mitad más uno de los miembros del Congreso y tienen un control automático de constitucionalidad por parte de la Corte Constitucional.