Carlos Javier Velásquez Muñoz

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TITULO Profesor e Investigador Asociado de Tiempo Completo en la División de Derecho, Ciencia Política y Relaciones Internacionales.

ACERCA DE MÍ Doctor en Derecho, Universidad de Salamanca (España), Magister en Derecho Ambiental, Universidad del País Vasco (España), Especialista y Postgraduado en Derecho Ambiental y Administrativo. Con cursos de Postgrado en Derecho Urbano y Comunitario Europeo. Investigador en Derecho Público, Derecho Administrativo, Derecho Ambiental, Derecho Urbano-Territorial, Planificación para el Desarrollo Urbano y Análisis Institucional. Así mismo, tengo a mi cargo en calidad de Director Académico del Doctorado en Derecho, la Maestría en Derecho Ambiental y Urbano-Territorial, así como la Especialización en estas mismas materias. 

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NORMAS DE CONVIVENCIA: ¿INTERVENCIÓN O GARANTÍA?

 

Al tiempo que el Gobierno Nacional presentó al Congreso de la República un nuevo proyecto (se han presentado más de 20, y en los últimos cuatro años uno cada año), para adoptar un nuevo Código de Convivencia Ciudadana (antes conocido como Código Nacional de Policía), en Barranquilla murieron de manera violenta 13 personas el último fin de semana, en su mayoría por actos de intolerancia.

Uno de los casos más sonados fue el de un mototaxista, con dos entradas a la cárcel por homicidio y extorsión, quien estando en la calle y bajo los efectos del alcohol, disparo de manera indiscriminada contra los asistentes a una celebración, matando a uno y posteriormente a otros tres.

En el día de ayer se tomaron las primeras decisiones por parte del denominado Comité de Seguridad Distrital, obviamente, apuntando a mayores restricciones y prohibiciones para que la gente se “comporte bien”.

En Colombia tenemos un Código Nacional de Policía expedido hace 44 años, una norma preconstitucional en la que el poder de policía se ve como una atribución a la autoridad para imponer restricciones y medidas limitativas a los derechos y libertades de los ciudadanos a fin de garantizar la seguridad, la tranquilidad y la salubridad pública, los denominados elementos del orden público.  

Pero sin duda los tiempos han cambiado, la sociedad se complejiza cada vez más y, por tanto, ya va siendo hora de contar con una nueva norma de convivencia que coadyuve otro tipo de iniciativas y que piense con un sentido integral y transectorial en la convivencia entre los ciudadanos.

De antemano debo dejar en claro que no creo que la expedición de una norma jurídica sea la solución mágica para nuestros males de convivencia, yo pensaría en otras alternativas, pero por lo pronto esto es lo que estamos discutiendo.

La policía administrativa ha justificado durante largo rato una parte considerable de la actividad de la administración pública y, en relación con este asunto, nos hemos movido entre dos posturas, en algunos casos antagónicas: los intervencionistas y los garantistas.   

Los intervencionista parten de la presunción de que los colombianos no nos sabemos comportar, no sabemos convivir y, por ende, la norma lo que debe hacer es encuadrar y limitar muchas más conductas atentatorias de la convivencia y elevar las sanciones para quienes las incumplan. En la metáfora Mockusiana del Garrote y la Zanahoria, éste es claramente el garrote.

En el otro extremo están los garantistas, quienes señalan que desde la entrada en vigor de la Carta de 1991, el Estado colombiano se comprometió, antes que con la limitación, con medidas de garantistas, es decir, medidas que conduzcan hacia la sana convivencia fomentando y guiando el comportamiento ciudadano. Este es el lado de la zanahoria. 

Obviamente, hay posturas eclécticas que reconocen las bondades en soltar y tirar de la cuerda; lo que se reclama es que exista armonía entre medidas restrictivas y garantistas dependiendo los males que sufrimos.

Sin embargo, y por lo que hemos podido leer, la nueva propuesta presentada al Congreso se queda corta en conciliar las tendencias anotadas;  la propuesta tiene mucho de lo anterior; genera gran cantidad de vacíos; deja por fuera asuntos que debería incorporar y le da mucho peso a las sanciones económicas que, en nuestra opinión, terminarán siendo un saludo a la bandera.

Miremos algunas de las cuestiones que esta nueva propuesta trae:

Comencemos por las sanciones. La técnica reina en este caso son las multas, las cuales puede oscilar entre 80.000 y los 650.000 pesos, pero también se contemplan, en menor medida, otras sanciones de asistencia obligatoria a programas pedagógicos y prohibición de ingreso a eventos públicos (el caso de los estadios y/ conciertos), así como cierres temporales y destrucción de objetos o bienes que perturben la convivencia.

La propuesta contempla la creación de un Registro público de infractores a la convivencia, de esa manera quien sea reincidente puede tener una agravación en la sanción. El registro es público por lo que cualquier ciudadano podrá consultarlo y saber con qué tipo de vecino convive. Así mismo, se establecen los intereses sobre las multas dejadas de pagar y la imposibilidad de realizar algunos trámites como tramitar paz y salvos públicos o licencias de conducción.

Entrando en el elenco de conductas establecidas en el proyecto de Código destacan las siguientes:

Se señala una multa de 325.000 pesos a los que no paguen el tiquete en los sistemas de transporte masivo como el Transmetro, así como a quienes empujen, agredan a otros pasajeros o bloqueen el acceso al articulado. La misma multa se aplicará a quienes generen bloqueos y/o daños al sistema, como está pasando en este momento en algunos barrios del Municipio de Soledad.

El tema del ruido es otro claro asunto de convivencia regulado. En relación con la contaminación sonora castiga a los conductores de servicio público que lleven música a volumen excesivo; establece una multa de al menos 325.000 pesos para el vecino ruidoso que los fines de semana tiene por costumbre sacar el parlante o picó, además de la orden de policía de desconectar el equipo o parlante, su decomiso y la disolución de la reunión, si no se acata la medida.

En este capítulo sobre la tranquilidad del vecindario, también se señalan como conductas impropias que pueden conllevar multa la perturbación de lugares públicos; insultar a las personas por cualquier medio; desarrollar actos de contenido sexual o comportamientos obscenos en sitios públicos, así como el consumo de sustancias alcohólicas o psicoactivas en espacios públicos.

Establece sanciones para la mala gestión de los residuos. Se establece una multa de hasta 650.000 a los que saquen la basura a la calle en horarios no programados para la recolección y, en el mismo sentido, los encargados de recoger la basura que incumplan deberán pagar lo mismo, pero por cada hora de retraso.

Tampoco se podrán dejar animales muertos o partes de los mismos dentro de los residuos domésticos o arrojar desechos en canales de aguas lluvia (lo anterior incluye arroyos), alcantarillado o acueducto. El código también señala multas desde 80.000 pesos a los que no recojan el excremento de su mascota en el espacio público, parques y vías.

El grave problema de los celulares robados y la cadena criminal que hay a su alrededor también fue incluido. El código prevé multas de entre 162.00 y 325.000 pesos para quienes compren, usen o alquilen celulares robados, así como para el que los venda, eso no impedirá que las autoridades abran investigaciones penales.

El monto de la sanción subiría si además, se modifica o altera la información del equipo, que permita que un celular reportado como robado funcione. También plantea sancionar a los empleados que registren incorrectamente el reporte de hurto o pérdida de un equipo.

Las redes sociales también aparecen en la propuesta, tema polémico que ha hecho pensar a más de uno en los límites del derecho a la intimidad.

Así las cosas, escudriñar en la correspondencia ajena puede costar 80.000 pesos, y publicar fotos íntimas sin autorización, 325.000. Es decir, se sancionará y multará a quienes publiquen fotos, videos o grabaciones de otras personas, cuando son tomadas en sitios privados, sin su consentimiento. Esto incluye a la pareja y familiares, así como la prohibición de conocer la correspondencia de una persona sin su permiso.

El nuevo Código también señala varias conductas que pueden llevar a multas y hasta el cierre de establecimientos de comercio. Así por ejemplo, quien no exhiba la lista de precios de los productos o servicios; quien especule con los precios; realice cobros diferentes a los establecidos; utilice pesas o medidas alteradas y no entregue la información en lenguaje accesible a los clientes, incurrirá en multas. También se sancionará no informar debidamente los protocolos de seguridad y evacuación, tolerar riñas y escándalos o permitir el ingreso de personas armadas.

No se permitirá la apertura de nuevos negocios o establecimientos comerciales sin que el comandante de la Estación de Policía de la zona sea informado y verifique si éste, cumple con las normas de uso de suelo. Nos parece otro asunto bien intencionado, pero que atenta contra el derecho a la libertad de empresa.

En cuanto a los grafitis que en la mayoría de casos afean el urbanismo de nuestras ciudades, el Código señala que las autoridades de policía podrán imponer sanciones a quienes realicen grafitis en zonas patrimoniales, bienes de interés cultural o zonas en las cuales no se permitan este tipo de manifestaciones. En principio, la sanción es limpiar y restaurar el bien afectado, pero podrán imponerse multas. Tampoco se permitirá la instalación de propaganda, avisos, pasacalles, pancartas o similares, a menos de que tengan el debido permiso.

Como se ve esto más de lo mismo, el trascendental cambio esperado para pasar de la policía a la convivencia ha quedado reducido a un mero asunto de denominación.

Las medidas arbitradas son tradicionales, siguen siendo lineales para asuntos de enorme complejidad. Por otro lado, quedan por fuera otros asuntos que afectan la convivencia ciudadana, pero que tienen claros intereses económicos y al parecer no se quieren tocar: ¿qué pasa con la contaminación electromagnética?, ¿qué pasa con las barreras para las personas que sufren algún tipo de discapacidad?, ¿qué pasa con la manipulación genética de alimentos?. Estos sí son asuntos del siglo XXI que ni siquiera se mencionan.

Más bien nos parece una norma para recaudar dineros sin efectos e impactos contundentes para encauzar una real convivencia; otra fuente de financiación sin alcanzar los efectos que la justifican.

Tampoco se señalan mayores conductas cuando es el Estado o sus agentes los que atentan contra la convivencia. Tendría que ser contemplado.

No nos dejamos de preguntar: ¿qué convivencia puede haber en un barrio subnormal, viviendo en asentamientos precarios, con familias numerosas, sin educación, sin trabajo y, por ende, sin nada que comer; ¿convivencia?, eso “¿cómo se come?”.  Lo que se necesita es inversión social, educación, más educación y más educación para que la gente pueda salir adelante.