Normatividad legal ambiental
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De acuerdo con la Resolución Rectoral No. 55 del 31 de julio del 2021 "Por la cual se implementa el Sistema de Gestión Ambiental, se define la Política Ambiental y se crea el Comité de Gestión Ambiental de la Universidad del Norte"
El alcance inicial del Sistema de Gestión Ambiental, está
conformado por los siguientes macroprocesos: Admisiones,
Comunicaciones, Cooperación Internacional, Gestión de Biblioteca,
Gestión de Mantenimiento, Gestión de Programas de Educación Continua,
Gestión de Programas de Idiomas, Gestión de Proyectos de Consultoría y
Servicios, Gestión de Salud y Seguridad Integral, Gestión de TIC,
Gestión Financiera, Gestión Humana, Gestión Jurídica, Gestión
Logística,
Gestión de Planta Física, Mercadeo, Planeación
Institucional, Registro Académico, Seguimiento y Mejora, Servicios a
la Comunidad. Estos macroprocesos se desarrollan en el campus
principal de la Institución, en el Km. 5 Vía Puerto Colombia, en
Barranquilla, Colombia.
Ley 1955 de 2019 de Congreso de la Republica
Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022. Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad.
ARTICULO 13o REQUERIMIENTO DE PERMISO DE VERTIMIENTO. Solo requiere permiso de vertimiento la descarga de aguas residuales a las aguas superficiales, a las aguas marinas o al suelo.
ARTICULO 14o TRATAMIENTO DE AGUAS
RESIDUALES. Los prestadores de alcantarillado estarán en la
obligación de permitir la conexión de las redes de recolección a las
plantas de tratamiento de aguas residuales de otros prestadores y
de facturar esta actividad en la tarifa a los usuarios, siempre que
la solución represente menores costos de operación, administración,
mantenimiento e inversión a los que pueda presentar el prestador del
servicio de alcantarillado. El Gobierno nacional reglamentará la
materia.
Adicionalmente, la disposición de residuos
líquidos no domésticos a la red de alcantarillado sin tratamiento
podrá ser contratada entre el suscriptor y/o usuario y el prestador
del servicio público domiciliario de alcantarillado siempre y cuando
este último tenga la capacidad en términos de infraestructura y
tecnología para cumplir con los parámetros y los valores límites
máximos permisibles en los vertimientos puntuales.
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