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Centro de
Estudios de Derecho
de la Empresa

El Centro de Estudios de Derecho de la Empresa de la Universidad del Norte (CEDEUN), es un centro de investigación, que busca  fungir como espacio para la investigación, formación y divulgación de la producción intelectual en relación con la regulación de la empresa y sus buenas prácticas; creando un punto de interacción entre la comunidad académica de la Universidad del Norte y los distintos grupos externos de interés. Así mismo, busca visibilizar la producción de herramientas y soluciones jurídicas, orientadas a impactar las problemáticas del sector empresarial, particularmente de la región Caribe.

Su principal finalidad es la promoción, generación y divulgación de la investigación básica y aplicada, así como la formación en torno a la regulación de la empresa, entendida como base del desarrollo y sujeta a una función social, desde diferentes especialidades del derecho y en conjunto con otras disciplinas. Llegandose a convertir en un referente de la investigación en torno a la regulación de la empresa y las buenas prácticas relacionadas con ella, vista desde el derecho y otras disciplinas, con un impacto en la región Caribe y en el país. Por tanto, se plantea como objetivo en el mediano plazo ser reconocido como centro de investigación del sistema nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación.

Sobre nosotros

Objetivo

Fungir como espacio para la investigación, formación y divulgación de la producción intelectual en relación con la regulación de la empresa y sus buenas prácticas; creando un punto de interacción entre la comunidad académica de la Universidad del Norte y los distintos grupos externos de interés. Así mismo, busca visibilizar la producción de herramientas y soluciones jurídicas, orientadas a impactar las problemáticas del sector empresarial, particularmente de la región Caribe.

Misión

Promover, generar y divulgar investigación básica y aplicada, así como formación en torno a la regulación de la empresa, entendida como base del desarrollo y sujeta a una función social, desde diferentes especialidades del derecho y en conjunto con otras disciplinas.
 

Visión

El centro será un referente de la investigación, formación y divulgación en torno a la regulación de la empresa y las buenas prácticas relacionadas con ella, vista desde el derecho y otras disciplinas, con un impacto en la región Caribe y en el país. Por tanto, se plantea como objetivo en el mediano plazo ser reconocido como centro de investigación del sistema nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación.

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Normatividad regulatoria de los créditos digitales en la revolución digital

Este blog fue elaborado por: Catalina Cabello Henríquez es abogada y estudiante de economía
de la Universidad del Norte. Apasionada por el análisis económico y jurídico, explora la intersección entre el derecho, la economía y las dinámicas sociales. María Alejandra Mindiola Amaya es abogada de la Universidad del Norte, con una profunda vocación por el derecho y la justicia.

La normatividad regulatoria de los créditos digitales es un tema fundamental en el contexto de la revolución digital y su consecuente impacto en el sector financiero colombiano. Este artículo analiza las diferencias regulatorias aplicadas a las entidades que ofrecen créditos digitales, entre las vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) y las que no lo son, y explora las implicaciones de esta distinción en términos de inclusión financiera, seguridad y protección al consumidor.

La creciente popularidad de los créditos digitales es un fenómeno que ha ganado impulso debido a la digitalización de los servicios financieros y a recientes eventos, como la pandemia del COVID-19, que aceleraron el uso de tecnología en este sector. La necesidad de una regulación adecuada se vuelve crítica debido a los riesgos asociados a estas operaciones, que incluyen desde fraudes hasta endeudamientos excesivos, y la forma como estos afectan tanto a los consumidores como al sistema financiero en su conjunto.

El rápido desarrollo de las Fintech y la democratización de los créditos digitales también plantean interrogantes sobre la igualdad en el acceso a servicios financieros y el papel del Estado en cuanto a la protección de los usuarios ante los posibles abusos o malas prácticas por parte de entidades no reguladas. Igualmente, la inclusión financiera es un objetivo clave; así, entender las barreras normativas y operativas que enfrentan los créditos digitales puede ayudar a mejorar el acceso a estos servicios, particularmente en el caso de poblaciones vulnerables.

Según el marco regulatorio y las implicaciones prácticas de los créditos digitales, los créditos digitales se pueden definir como contratos de mutuo con intereses, que son ofrecidos y ejecutados, en su totalidad, por medios tecnológicos. Los avances en la tecnología financiera han transformado el sistema bancario tradicional, permitiendo la automatización de procesos y la inclusión de nuevos actores en el mercado, como las empresas Fintech. También hay que considerar el impacto de las plataformas digitales en la relación cliente-entidad, destacando los beneficios y retos que esto conlleva, así como analizar los retos y oportunidades que presentan los créditos digitales, desde riesgos operacionales y reputacionales hasta problemas de seguridad y fuga de datos.

También es necesario discutir sobre la necesidad de que los créditos digitales no solo sean accesibles, sino también seguros y justos para los usuarios. Esto incluye medidas para prevenir el sobreendeudamiento y establecer sistemas transparentes de tasas de interés y condiciones contractuales. Por otro lado, resulta relevante considerar los avances en inteligencia artificial y big data, herramientas clave para la evaluación crediticia en plataformas digitales. Estas tecnologías permiten un mejor análisis de los datos del usuario, aunque también presentan riesgos en cuanto a privacidad y uso ético de la información.

En el ámbito normativo, entre las normas que rigen las actividades de las entidades supervisadas por la SFC están la Ley 1328 de 2009 y los decretos 222 de 2020 y 455 de 2023 que establecen las tasas de interés y los sistemas de información crediticia. También están las normas consagradas en la Ley 1480 de 2011, también conocida como el Estatuto del Consumidor, enfocadas en la protección al consumidor y la mitigación de riesgos. Estas normas definen la manera en que la SFC ha adoptado nuevas tecnologías para mejorar su capacidad de supervisión, incluyendo sistemas que permiten monitorear en tiempo real las operaciones de las entidades reguladas. Dichas medidas buscan garantizar que las entidades cumplan con los estándares de transparencia y seguridad exigidos por la legislación.

Al explorar las regulaciones que la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) aplica a las entidades no financieras, se evidencian las limitaciones y vacíos normativos que enfrentan estas organizaciones. La falta de supervisión directa por parte de la SFC plantea riesgos adicionales, como la falta de transparencia en los términos y condiciones de los créditos, lo cual acentúa los esfuerzos de la SIC para establecer controles más estrictos sobre las plataformas digitales, incluyendo requisitos de información clara para los consumidores y medidas contra prácticas abusivas. Sin embargo, existen aún brechas significativas en la regulación de estas entidades.

Los créditos digitales son una herramienta poderosa para la inclusión financiera; no obstante, requieren un marco regulatorio robusto que garantice su seguridad y accesibilidad. Al respecto de estas observaciones, surge la necesidad de comparar las entidades reguladas y no reguladas, en las que se destaquen las diferencias en términos de requisitos, costos y protección al consumidor.

Las entidades no reguladas ofrecen mayor flexibilidad y rapidez; pero también presentan mayores riesgos para los usuarios, debido a que los costos asociados a los créditos digitales tienden a ser más altos como consecuencia de la ausencia de topes en las tasas de interés y la falta de supervisión sobre las prácticas de cobro. Por su parte, las entidades vigiladas por la SFC ofrecen mayor protección al consumidor; pero sus procesos suelen ser más lentos y burocráticos en comparación con las entidades no reguladas. De igual forma, las entidades no reguladas llenan un vacío en el mercado a poblaciones vulnerables; sin embargo, esto también las hace proclives a riesgos como el sobreendeudamiento y la falta de transparencia.

Reconocer el potencial de los créditos digitales podría ser un medio para cerrar brechas sociales y económicas, aunque se requiere una regulación adecuada. Asimismo, estas herramientas podrían convertirse en catalizadores de progreso económico, permitiendo a poblaciones tradicionalmente excluidas acceder a recursos que potencien su desarrollo.

1. El término fintech procedente de las palabras en inglés Finance and Technology, hace referencia a todas aquellas actividades que impliquen el empleo de la innovación y los desarrollos tecnológicos para el diseño, oferta y prestación de productos y servicios financieros. (¿Qué es Fintech?. Comisión Nacional del Mercado de Valores. https://www.cnmv.es/DocPortal/Publicaciones/Fichas/GR03_Fintech.pdf )

Referencias

Ley 1328 de 2009. (2009, 15 de julio). Por la cual se dictan normas en materia financiera, de seguros, del mercado de valores y otras disposiciones. Congreso de la República. Diario Oficial n.o 47411. http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1328_2009.html.

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