Derecho Internacional de los Derechos humanos

Conflicto y derecho: Impresiones de la charla con Markus Ciesielski

Por: Daniela Martínez Rojas

Estudiante de tercer semestre de Derecho, Universidad del Norte

 

El día 13 de febrero de 2021, el ICCAL-Lab tuvo la grata oportunidad de escuchar a Markus Ciesielski, quien presentó un adelanto de su investigación doctoral. Markus analiza la relación entre derecho y conflicto tomando como base la experiencia colombiana, un país en el que las clases populares tienen experiencia en el uso del derecho constitucional a través de la acción de tutela. Para ello expuso el caso de quien él llama Marcela, quien ganó una tutela a una universidad que le negaba su título por supuesta falta de una nota de clases, lo que le impedía graduarse como abogada.

Lo anterior, como ilustración de los puntos que brindó: (i) una aproximación al derecho como una representación simbólica de la resolución “correcta” de los conflictos -para lo cual ofreció una excelente explicación desde Pierre Bourdieu-, (ii) una aproximación a los conflictos y las desigualdades sociales - siguiendo con Pierre Bourdieu y planteando el análisis entre posiciones y disposiciones (estructuras, el concepto de habitus y las prácticas desiguales), y (iii) la acción de tutela y demás instrumentos de protección de derechos fundamentales, como figuras estelares de la Constitución de 1991 y que traen consigo una transformación integral de la situación anticonstitucional colombiana (Marquardt 2011) plagada de conflictos.

A modo de conclusión, y utilizando el caso de Marcela, sostuvo que desde la sociología de conflictos Marcela usa la tutela para hacer invisibles los conflictos sociales que la afectan, pues ella logra presentarse así misma como alguien que no debe justificar su posición social (el hecho de ser mujer y no ser parte de la clase alta). Con la tutela, tradujo una falta de reconocimiento social (un tema de lucha de privilegios como lo es el tener un diploma universitario) en un problema neutral, un error en la base de datos o del sistema tecnológico de una institución educativa. Pese a lograr el resultado esperado, la acción de tutela funcionó para cubrir el conflicto, sin una aspiración real de resolverlo. Con esto se constata la perspectiva de Bourdieu sobre el poder simbólico y performativo del derecho: el conflicto continúa, pero ahora representado legítimamente en términos del derecho constitucional.

Aunque muchas veces Markus nos aclaró que solo es una presentación preliminar de su proyecto de investigación, nos deja muchas reflexiones a nosotros los estudiantes acerca del enfoque sociológico de los conflictos que se nos plantean en clase día a día.

Muchas gracias a Markus Ciesielski por su intervención en el ICCAL-Lab. Le deseamos los mejores resultados con su investigación.

PAX COLOMBIANA = ¿PAX CHRISTIANA?

Por: Laetitia Ruiz

Profesora del área de Derecho Internacional de la Universidad del Norte

Ayer (25 de agosto de 2020), la Silla Vacía publicó un artículo titulado “La enseñanza contra el progresismo en cartilla de la Oficina del Comisionado para la Paz” en el que se nos informa que un diplomado online organizado por dos instituciones públicas colombianas - la Oficina del Alto Comisionado para la Paz y la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP) – enseña a los participantes del diplomado sobre la ‘Paz, convivencia y Cultura de Legalidad’ que la ideología progresista es fuente de violencias secundarias en Colombia.

El no-filosofo puede ser perdonado por no ver lo escandaloso de la frase anterior. De manera general, solo una persona con un poco de conocimiento filosófico podría inmediatamente identificar lo problemático con la cartilla elaborada para el diplomado, con los logos oficiales tanto de la Oficina del Alto Comisionado para la Paz como de la ESAP. No soy filósofa; por eso dejo el análisis filosófico a los filósofos y voy a enfocarme en lo que sé: el Derecho Internacional de los Derechos Humanos (DIDH). En particular, voy a enfocarme en uno de los pilares de la ideología progresista identificado por el autor de la cartilla (ver texto completo en el artículo de la Silla Vacía), Camilo Noguera Pardo: el ateísmo. ¿Por qué la inclusión del ateísmo como una fuente de violencia y de “extravío moral” en esta cartilla con los logos de dos instituciones públicas colombianas es problemática desde la perspectiva del DIDH?

La respuesta corta es la siguiente: ser ateo es un derecho humano protegido a nivel internacional y regional. Puede ser que esta respuesta no sea satisfactoria porque deja muchas preguntas sin respuesta, tales como ¿en qué sentido la cartilla vulnera o invita a la vulneración de los derechos humanos de las personas ateas? O, ¿por qué esta cartilla es tan problemática en sí, considerando que otro derecho humano es precisamente la libertad de opinión y de expresión? Estas preguntas necesitan respuesta y, por eso, ahora comienza la respuesta larga.

Empecemos con la protección internacional de los derechos humanos y en particular con el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) ratificado por Colombia. En su artículo 18, el PIDCP protege la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. En particular, estipula que “este derecho incluye la libertad de tener o de adoptar la religión o las creencias de su elección”. Este lenguaje no nos dice precisamente que el ateísmo es una creencia protegida por el artículo. Para claridad necesitamos referirnos al Comentario General No. 22 del Comité de Derechos Humanos, el órgano encargado de, entre otros, interpretar el PIDCP. Este Comentario General No. 22 de 1993 – es decir, no es una novedad en el derecho internacional – nos dice que el “artículo 18 protege las creencias teístas, no teístas y ateas, así como el derecho a no profesar ninguna religión o creencia”. Ahora no hay confusión posible: el Estado Colombiano tiene la obligación de respetar las creencias ateístas.

A nivel regional, un artículo muy similar se encuentra en la Convención Americana sobre Derechos Humanos  (CADH). El artículo 12 garantiza “la libertad de conciencia y de religión [lo que] implica la libertad de conservar su religión o sus creencias, o de cambiar de religión o de creencias”. El artículo 9 del Convenio Europeo de Derechos Humanos garantiza “la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión”. Y el artículo 8 de la Carta Africana de los Derechos Humanos y de los Pueblos garantiza la libertad de conciencia y religión. De nuevo, surge la cuestión acerca de si estos instrumentos interpretan la libertad de creencias como lo hizo el Comité de Derechos Humanos en 1993.

No podemos encontrar una respuesta satisfactoria a esta pregunta en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (cuya jurisdicción contenciosa fue aceptada por Colombia cuando ratificó la Convención Americana sobre Derechos Humanos) porque la Corte no ha tenido la oportunidad de conocer muchos casos que aleguen una violación de la libertad de religión, conciencia o creencias y por ello no ha desarrollado una jurisprudencia comprehensiva sobre este tema. Por su parte, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos sí se ha pronunciado varias veces sobre la interpretación y el alcance de la libertad de religión y de conciencia. Su interpretación, sin duda alguna, está en consonancia con la del Comité de Derechos Humanos. En el caso Kokkinakis vs Grecia de 1993 – de nuevo, no estamos hablando de una interpretación particularmente novedosa de este derecho humano – el Tribunal decidió que “Tal como viene protegida por el artículo 9, la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión constituye una de las bases de una ‘sociedad democrática’ en el sentido del Convenio. Figura entre los elementos más esenciales de la identidad de los creyentes y de su concepción de la vida, pero también es un bien precioso para los ateos, los agnósticos, los escépticos o los indiferentes".

Como se ha establecido previamente, aunque no existe una jurisprudencia comprehensiva sobre el alcance del artículo 12 de la CADH, no hay razón de pensar que su interpretación sería diferente de la del Comité de Derechos Humanos o del Tribunal Europeo de Derechos Humanos respecto de la protección de las creencias, entre otras, ateas. Además, y aquí me arriesgo a ir en un terreno un poco desconocido para mí – el derecho constitucional colombiano – la Corte Constitucional Colombiana, en varias de sus sentencias, se ha referido a la jurisprudencia e interpretación universal (como la del Comité de Derechos Humanos) y a la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Teniendo todo lo anterior en cuenta, podemos cerrar el círculo y volver al punto de partida de nuestro análisis: la cartilla elaborada por la Oficina del Alto Comisionado para la Paz y la ESAP. Esta cartilla hace parte de un grupo de documentos puestos a la disposición de las personas que participan en el diplomado, con el objetivo de, si le creemos a la descripción del curso, “profundizar en temas que fortalecerán […] la labor cotidiana [de la Oficina del Alto Comisionado para la Paz y la ESAP]”.

       

Como se indicó al inicio, esa cartilla establece la ideología progresista como una fuente de violencia y de extravío moral en Colombia. Presenta al ateísmo como uno de los pilares de esta ideología progresista. ¿Por qué eso es tan problemático? De nuevo, hay una respuesta corta y otra un poquito más larga. La respuesta corta es: porque la cartilla es un documento que emana de instituciones públicas colombianas.

Y ahora la respuesta larga. La Silla Vacía contactó al Comisionado para la Paz, Miguel Ceballos Arévalo, quién les dijo que “pese a que el logo de su oficina (y de la ESAP) aparece en todas las páginas, la cartilla es del autor (su asesor Camilo Noguera Pardo) y que es él quien responde por sus afirmaciones” y que, por eso, “el texto no representa a su Oficina”. Si Camilo Noguera Pardo hubiera publicado ese mismo texto en una revista académica, no habría ningún problema. La cartilla estaría protegida por la libertad de opinión y expresión, un derecho humano consagrado en cada uno de los instrumentos internacionales y regionales mencionados anteriormente. Pero ese no fue el caso. Los logos de la Oficina del Alto Comisionado para la Paz y de la ESAP aparecen en cada una de las páginas de la cartilla. En la segunda página de la cartilla aparece también el nombre del Comisionado para la paz al lado de los nombres de los directivos de la ESAP, todos representantes del Estado colombiano. Sostener que la cartilla representa únicamente la opinión de su autor es una posición que es muy difícil mantener. Es aún más difícil de mantener cuando uno lee la descripción del curso enviada a las personas al momento de inscribirse: “La Oficina del Alto Comisionado para la Paz y la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP) los invitan a inscribirse…” Esta invitación no dice: “Camilo Noguera Pardo los invita a inscribirse…”

Por lo anterior, un documento en el que aparecen los logos oficiales de dos instituciones públicas colombianas nos enseña que el ateísmo, entre otros, es una fuente de violencia en Colombia. Si uno lee entre líneas, lo que este documento dice es que para asegurar una paz duradera en Colombia debemos combatir las fuentes de la violencia. Una de estas fuentes es el ateísmo. Por tanto, si queremos paz, debemos combatir el ateísmo. Todo esto podría traducirse en el lenguaje del DIDH como: el Estado colombiano, aduciendo el logro de la paz, apoya la vulneración de un derecho humano.

El potencial peligro que plantea ese documento fue entendido por la ESAP, cuyo Director Nacional anunció esta mañana (26 de agosto) en un comunicado oficial que la ESAP “no ejerció debidamente la tarea de revisar y corregir de manera adecuada” la cartilla. Este peligro va mucho más allá que el enfoque de la presente contribución, planteando preguntas sobre la laicidad y la neutralidad del Estado colombiano, las ideologías religiosas y filosóficas patrocinadas por el Estado colombiano expuestas en esta cartilla, y también el enfoque de la cartilla en el dogma católico, en detrimento de otras religiones presentes en Colombia, tal como las creencias indígenas. Muchas preguntas que dejo para los filósofos y los abogados constitucionalistas.

 
                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                        

Belomaidan: O lo que va de Ucrania a Bielorrusia

Por: Manuel Góngora Mera

Profesor de la División de Derecho, Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad del Norte

En 2019 tuve la oportunidad de observar las elecciones presidenciales de Ucrania durante una corta estancia en Kiev. Me quedaron varias impresiones. Una sociedad hastiada de su clase política, buscando una renovación total de sus dirigentes, probando caminos no recorridos. Eligieron a un humorista como presidente. Me parecía un experimento desesperado, tras varios años sufriendo los desastres de una serie de eventos que los llevaron a terminar en el medio de los intereses geopolíticos de Rusia y la Unión Europea.



Imagen: Resultados de las elecciones presidenciales de Ucrania de 2019, en la Plaza de Sofía (Kiev). ® Manuel Góngora-Mera

A finales de 2013, después de que el presidente Janukowytsch rechazara la firma del Tratado de Asociación y Libre Comercio con la Unión Europea, los estudiantes primero, y posteriormente una masa popular, se tomaron edificios y secciones de Maidan, la icónica plaza de la Independencia. La mayoría de la población deseaba integrarse a la UE y estaba harta del gobierno. Las promesas de los líderes europeos y el lenguaje altisonante de la UE fueron interpretados como un apoyo firme al movimiento proeuropeo en Ucrania, lo que le dio fuerza. Janukowytsch huyó del país después de la represión violenta con fuerzas especiales, que terminó con la muerte de unas 80 personas. La respuesta rusa fue contundente: la anexión de Crimea y la desestabilización de Ucrania, apoyando fuerzas irregulares que desarrollan un conflicto separatista en dos regiones al oriente de Ucrania. Esto fortaleció internamente a Putin y en parte lo convirtió en lo que es hoy. Por su parte, la UE solo logró ponerse de acuerdo en torno al cierre de canales diplomáticos con Rusia, la aplicación de algunas sanciones económicas, y unas cuantas restricciones individuales de viajes a funcionarios rusos a países de la UE, pero reveló sus divisiones internas frente al tema ruso y la sensación en Ucrania es que fue abandonada a su suerte. Las cicatrices de estos eventos están abiertas y visibles en los espacios de memoria de Maidán.



Imagen: Espacios de memoria por las víctimas de la represión en la Plaza de la Independencia (Kiev). ® Manuel Góngora-Mera

En los últimos días, un levantamiento popular con varios paralelismos con el caso ucraniano se ha producido en Bielorrusia, después de conocerse los resultados de las elecciones presidenciales que dieron por ganador al actual presidente Alexander Lukashenko. Las imágenes esperanzadoras de miles de ciudadanos bielorrusos marchando por las calles de Minsk pidiendo elecciones libres y el fin de 26 años de gobierno dictatorial se entremezclan con los crudos relatos e imágenes de miles de víctimas del régimen, que han sido detenidas arbitrariamente y torturadas en el marco de estas protestas. Se están perpetrando crímenes de lesa humanidad en Bielorrusia desde hace ya mucho tiempo, pero esta última ola represiva ha tenido una respuesta muy diferente entre la población. En lugar de miedo, ha generado determinación para enfrentarse al régimen y ponerle fin.

En 2014, para los medios de comunicación afines a Rusia, los protestantes de Maidan eran marionetas de los poderes occidentales, quienes orquestaron el levantamiento mediante agentes infiltrados que generaron el caos, con el objetivo de lograr la caída de un aliado ruso. Esta estrategia de deslegitimación de un movimiento genuinamente popular es la que se está aplicando actualmente en Bielorrusia. Por un lado, circulan en redes diversas teorías conspirativas, que sostienen que Lukashenko no se alineó a los poderes occidentales y a la OMS para establecer restricciones a las libertades para la contención del coronavirus y por eso le están pasando la cuenta de cobro. Bajo esta “lógica”, quienes protestan contra el régimen persiguen los intereses oscuros de Bill Gates, la OMS y la UE. Por otra parte, algunos medios afines a Rusia promueven la idea de un Belomaidan o un Minsk-Maidan, deslegitimado bajo los mismos argumentos planteados en 2014 con el caso ucraniano: las protestas estarían coordinadas y financiadas desde países europeos, con el propósito de promover la caída de un aliado del Kremlin o atentar contra la independencia nacional. En Twitter, #BeloMaidan se contrasta con las marchas a favor de Lukashenko, que se identifican como #ForBelarus.

Por supuesto, en un mundo de fake news y manipulación masiva de la información, es difícil impedir que estas ideas se difundan y cumplan sus propósitos. Lo que está detrás de esta narrativa es evidente: Rusia no va a tolerar que otro aliado histórico pase al área de influencia de la UE. Sus fronteras físicas ya colindan con miembros de la OTAN: Estonia y Letonia al nororiente, y Turquía por el Mar Negro, al suroriente del país. Bielorrusia y Ucrania son geoestratégicas para la seguridad nacional rusa como barreras de contención en Europa Oriental. A la UE le costó entender este punto, lo que la llevó a medir fuerzas con Rusia, y con ello, provocando el desastre que vive Ucrania. Por eso esta vez su reacción ha sido más mesurada. Desgastados por el manejo de la pandemia del coronavirus, y con la lección aprendida en Kiev, los europeos han optado por dar una voz de apoyo a las marchas en Minsk y desconocer las elecciones, pero sin dar la sensación de que intervendrán de manera decidida en los eventos internos bielorrusos.

En julio, Putin logró consolidarse por un periodo indefinido en el poder (en teoría hasta el 2036), gracias a la ratificación de la reforma constitucional que lo autoriza a presentarse a las elecciones presidenciales de 2024. Y si sus opositores siguen muriendo envenenados o son detenidos en prisión, la comunidad internacional muy probablemente tendrá que lidiar con Putin por varios años más. Parece que es tiempo de que la UE restablezca canales diplomáticos con Rusia y convencer a Putin de que no hay interés en incorporar a Bielorrusia en el área de influencia de la UE, si no quiere que se repita la historia de Ucrania. Según el manejo que le dé la UE a la crisis, estos podrían ser los primeros pasos para avanzar hacia la democratización de Bielorrusia, o bien podría terminar en una nueva demostración de fuerza rusa sobre una Europa profundamente dividida.