“Penas más severas no disuaden a un adicto“

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Colombia no contempla actualmente la cadena perpetua ni la pena de muerte para ningún tipo de crimen.

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17 feb 2017

A partir del crimen de la pequeña Yuliana Samboní en Bogotá, del que se acusa al arquitecto Rafael Uribe Noguera, volvió a aparecer en la agenda pública la posibilidad de cadena perpetua y pena de muerte para quienes cometan delitos atroces como violación y asesinato de niños.

La motivación para que sectores de la ciudadanía y del Estado pidan este tipo de castigos es, en parte, la creencia de que la posibilidad de mayores penas desalentará a las personas de cometer estos crímenes. Aunque puede ser así para una parte de los delincuentes, no lo es para todos, según un estudio en desarrollo realizado por Andrés Cendales, Edith Aristizábal y Jhon James Mora. Cendales y Aristizábal, ambos profesores de Uninorte, presentaron su trabajo en un seminario titulado Pornografía infantil, adicción racional y penas, el 10 de febrero.

Cendales, economista y matemático con maestría en Ciencia Política, tiene como área de trabajo la economía del crimen y explicó que la idea del trabajo es “cómo trata el tema de la adicción y su relación con las penas desde un enfoque de racionalidad”, porque según los investigadores, no es igual una persona que comete un delito de forma esporádica a un sujeto que es adicto a una actividad que es considerada criminal.

Teniendo en cuenta que la mayor preocupación del Estado —después de que la persona comete un delito— es asegurarse de que el delincuente no reincida en el crimen, y que ese es el objetivo de las penas y condenas, el daño que causa el castigo debe ser mayor que el beneficio que obtiene el sujeto al ejecutar la conducta criminal.

Pero ahí es donde entra el comportamiento de los individuos adictos: ellos “viven su presente en una inmediatez absurdamente cortoplacista, no consideran en ningún momento los efectos a largo plazo de su consumo”, según explicó el docente investigador del IEEC durante su intervención.

Por este motivo, el trabajo busca determinar si mayores penas pueden o no disuadir a estos individuos de cometer los delitos a los cuales son adictos a partir de comprender sus lógicas.

La lógica de la adicción

Según detalló Edith Aristizábal durante el seminario, la adicción se caracteriza por causar placer, por ser una necesidad urgente de satisfacción, por ser difícil o imposible de inhibir y por ser crónica. Por lo tanto, “una conducta adictiva es un trastorno en el control de los impulsos más una alteración en los mecanismos inhibitorios de los actos o de las conductas”, y “entre más intensa sea una adicción, el sujeto pierde toda proporción de la realidad social y moral, aunque la tenga”.

Según la experta en psicología clínica, forense y del comportamiento, cualquier conducta se puede volver adictiva, incluso la conducta criminal, como es el caso de los depredadores sexuales, asesinos en serie, abusadores y pedófilos.

Modelo y resultados

Cendales utilizó su conocimiento como economista para establecer un modelo matemático que permita saber, teniendo en cuenta todo lo anterior, si castigos más severos pueden disuadir a un adicto de cometer un crimen. El modelo considera un gran número de variables, entre ellas el nivel de adicción del sujeto, su comportamiento, el costo que significa la permanencia en el sistema carcelario, sus periodos de crisis, la fortaleza del contexto institucional y la eficiencia del sistema de justicia, entre otras.

“Lo que hemos encontrado es que en un modelo simple de elección racional donde hemos involucrado unas variables de adicción que explica el consumo —no por cuenta de preferencia sino por cuenta de la intensidad de su trastorno de comportamiento en cada periodo del tiempo—, altas penas lo único que hacen es precarizar o pauperizar las condiciones de los individuos adictos sin que esto implique desalentar el cometimiento del delito”, detalló Cendales.

En otras palabras, al adicto no le importa el costo de sus acciones: ni el gasto económico, el castigo, la pena, el daño corporal, el repudio social o familiar. “Encerrar a un adicto no le quita la adicción, no lo disuade”, sostiene Aristizábal, por lo cual no puede detenerse, “y cuando está preso, solo piensa en hacer lo mismo cuando salga”.

Lo único que se logra con estas penas en el caso de los adictos, según Cendales, es que el sistema carcelario amplíe su población sin que ello signifique una disminución en la tasa de ocurrencia de ese delito. De modo que lo plantean los investigadores con este primer esquema de modelo es justamente discutir la pertinencia de cadenas perpetuas y penas de muerte. 

“En efecto, ¿será que una pena de cadena perpetua logrará disuadir a un tipo como Rafael Uribe Noguera y similares de cometer delitos de esta naturaleza? ¿O es más conveniente una regla de política que involucre un tratamiento estatal de carácter clínico que permita alentar mecanismos de contención para este tipo de comportamientos?”, se pregunta el economista.

Lo que sigue en el estudio es probar las hipótesis del modelo. Para hacerlo, es necesario contar con datos para hacer econometría, pero esto no es una tarea fácil, puesto que el sistema carcelario colombiano no hace un diagnóstico de los sujetos que son aprehendidos y condenados para poder determinar si el individuo está en la cárcel por cuenta de una adicción o no.

“Afortunadamente existe algo que se llama economía experimental: la idea es hacer experimentos con población carcelaria que implique extraer datos que permitan testear los resultados del modelo”, finalizó Cendales.

Por Melissa Zuleta Bandera

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